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Las comunidades de propietarios son altos consumidores de gas natural debido a sus sistemas de calefacción central así como en algunos casos de agua caliente. En función de la antiguedad y de la localización geográfica, las comunidades de vecinos pueden ser suministradas por medio de gasoil o canalización de gas propano.

Las tarifas de gas para estas comunidades son las tarifas RL.3 y RL.4 de gas para consumos superiores a 50.000 y 100.000 kWh anualmente respectivamente. En la actualidad, las tarifas de gas más económicas las ofrecen las grandes compañías de gas como son:

Alta e instalación de gas

La tramitación del alta de gas para una comunidad se debe realizar a través de una comercializadora de gas aportando los siguientes documentos:

  • Documento en la que aparezca el código CUPS de la instalación.
  • Certificado de la instalación de gas (IRC).
  • CIF de la comunidad de propietarios.
  • DNI del representante o administrador de la comunidad.
  • Consumo estimado para establecer la tarifa de acceso (RL.3 o RL.4).

En el caso de no disponer de instalación de gas, primero se debe consultar y obtener presupuesto de una empresa instaladora de la distribuidora de gas la posibilidad de instalar gas natural y el coste del equipamiento necesario para su uso (calderas, canalización, etc). Una vez aprobado el presupuesto, la empresa instaladora realizará los trabajos necesarios y emitirá el Certificado de la Instalación Receptora Común de la instalación con la que se podrá tramitar el alta.