Solicitar acometida de gas natural a las distribuidoras
Para poner gas natural en una vivienda o local se debe instalar la acometida del gas, que conecta la red gasística a un nuevo punto de suministro.
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¿Qué es una acometida de gas natural?
La acometida de gas natural es la canalización necesaria para que un nuevo punto de suministro pueda tener acceso al gas natural y así disfrutar de todas sus ventajas. Concretamente, es la parte de la instalación que sirve de conexión desde la red gasística de la distribuidora hasta la vivienda o edificio.
Es necesario solicitar una acometida de gas natural siempre que se de de alta el gas por primera vez, es decir, si nunca antes ha existido el suministro o se trata de una vivienda nueva, independientemente del tipo de inmueble o local.
Una vez se solicita la conexión entre el nuevo punto de suministro y la red de la distribuidora es necesario esperar entre un mes y un mes y medio para disfrutar del gas natural: una vez hecha la solicitud la distribuidora pide un permiso al Ayuntamiento y, cuando lo recibe, puede empezar las obras en la calle para llevar el gas a la vivienda.
En viviendas que tuvieron gas anteriormente no hay que llevar a cabo ninguna canalización. Solo habrá que solicitar la acometida del gas natural si en esa casa nunca ha habido gas natural.
¿Cuáles son las partes de una acometida?
La acometida de gas natural tiene las siguientes partes:
- Línea de acometida o tubería de conexión
- Válvula de acometida
- Armario de regulación
- Regulador
- Llave del contador
- Contador
La línea de acometida lleva el gas natural a la vivienda desde la tubería de la distribuidora, que se encuentra en la calle.
Antes de llegar al nuevo punto de suministro, la línea pasa por una válvula que permita el cierre general. Esta válvula se puede encontrar antes de llegar al armario de regulación o estar dentro de este.
En el armario encontramos el regulador de gas natural, cuya misión es reducir la presión con la que llega el gas natural a la vivienda. Dependiendo del tipo de red de la zona necesitaremos un modelo de regulador u otro:
- Si la red es de Media Presión tipo A (MPA) cuya presión máxima es de 0,4 bar (400 mBar) necesitamos un regulador que reduzca esos 400 mbar en una presión maxima de 22 mBar.
- Si se trata de una red de Media Presión tipo B (MPB) cuya presión máxima es de 4 bar optaremos por un regulador que convierta esos 4 bar en 22 mBar.
Los aparatos de viviendas y pymes siempre se alimentan a una presión de gas natural de 22 mBar.
Una vez ha pasado por el regulador, el gas llega al contador de gas natural para poder ser medido por la distribuidora y cobrado en la factura del gas. Inmediatamente después, llega a la instalación interna del edificio o vivienda para ser consumido.
¿Cómo solicitar la acometida del gas natural?
Para solicitar la acometida del gas natural, el consumidor debe ponerse en contacto con la distribuidora de gas de su zona para notificarle la ubicación del tallo de acometida de gas y entregar la documentación que acredite la propiedad del inmueble o una autorización de la comunidad de vecinos si se tratase de un edificio.
Este trámite también se puede realizar a través del profesional que ha realizado la instalación de gas, siempre que este se comprometa a entregar la información a la distribuidora.
Una vez hecho esto, la distribuidora notifica un plazo aproximado para la instalación de la acometida de gas así como el coste que debe abonar por dicha gestión. El plazo es aproximado porque depende de permisos concedidos por los organos competentes de cada ayuntamiento.
Para conectar la vivienda a la red de distribución de gas, hay que realizar una Instalación Receptora Común (IRC). Este tipo de instalación es obligatoria en las comunidades de propietarios donde tiene que haber una instalación común en el edificio y después cada usuario tiene que tener una Instalación Receptora Individual (IRI).
Las viviendas unifamiliares conectan directamente su IRI con la red de distribución de la distribuidora. Para realizar la acometida del gas natural:
- Se debe verificar que se encuentra en una zona donde haya una red de distribución.
- Contactar con la distribuidora local, quienes enviarán a un técnico especializado para realizar la instalación.
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¿A qué distribuidora pedir la acometida?
La distribuidora de gas natural es la empresa encargada de suministrar la energía a la vivienda. Esta realiza numerosas gestiones:
- Canalización del gas natural.
- Línea de acometida.
- Solución de averías en la instalación de gas.
- Mantenimiento de la infraestructura.
- Expasión de la red de gas natural.
- Lectura del contador.
- Inspección periódica del gas natural.
La distribuidora de gas natural no puede ser elegida por el cliente, sino que se asigna según la zona geográfica en la que este reside. Esto se debe a que cada distribuidora opera en una zona diferente, ya que duplicar las redes de gas sería un gasto innecesario.
Distribuidora | Teléfono |
---|---|
Nedgia | 900 100 252 |
Madrileña Red de Gas | 900 601 010 |
Redexis | 902 515 651 |
Nortegas | 900 902 933 |
Gas extremadura | 902 248 484 |
¿Qué distribuidora realiza la acometida en mi zona?
En la siguiente gráfica se pueden apreciar las comunidades autónomas en las que trabajan las principales distribuidoras de gas natural y el porcentaje de puntos de suministro que tienen en ellas.
Comunidad autónoma | Distribuidoras | Contacto |
---|---|---|
Andalucía |
|
|
Aragón |
|
|
Asturias | Nortegas | 900 902 933 |
Cantabria | Nortegas | 900 902 933 |
Castilla La Mancha |
|
|
Castilla León |
|
|
Cataluña |
|
|
Comunidad de Madrid |
|
|
Comunidad Valenciana |
|
|
Extremadura |
|
|
Galicia | Nedgia | 900 100 252 |
Islas Baleares |
|
|
La Rioja | Nedgia | 900 100 252 |
Murcia | Redexis | 902 515 651 |
Navarra | Nedgia | 900 100 252 |
País Vasco | Nortegas | 900 902 933 |
¿Cuánto cuesta la acometida?
El precio de la acometida de gas natural engloba el estudio, la mano de obra y los materiales necesarios para realizar la acometida del gas natural. Al precio de la acometida se le conoce también como derecho de acometida.
Esta parte del precio de la instalación de gas se paga a la distribuidora, no al instalador, y puede ser de 106,34 €, 244,40 € o 488,83 € dependiendo en función de la tarifa de acceso de gas. Si quieres saber cuáles son tus derechos de acometida, consulta a continuación el precio de una acometida de gas natural.
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¿Y qué son los derechos de alta?
Los derechos de acometida no son el único importe que hay que hacer a las distribuidoras: el consumidor de gas natural debe abonar los derechos de alta del gas al contratar el suministro o ampliar el ya existente.
Los derechos de alta se abonan con la primera factura del gas y varían en función de la Comunidad Autónoma. Si quieres saber cuánto tienes que pagar por los derechos de alta, puedes consultar en el siguiente artículo el precio de los derecho de alta del gas.
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